El tema nos habla sobre la división de poderes esta inicio en 1748, Charles de Secondat Barón de la Brede y de Montesquieu, enunció los presupuestos básicos que nutren el principio de la división de poderes.
En México el ejercicio del poder se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
La Teoría de la División de Poderes, como una forma de limitar el ejercicio del poder público; y con la finalidad de hacerla no sólo ostensible sino eficaz, se plasma dentro del máximo ordenamiento legal del mismo Estado, es decir en la Constitución Política.
El tema nos habla sobre la división de poderes esta inicio en 1748, Charles de Secondat Barón de la Brede y de Montesquieu, enunció los presupuestos básicos que nutren el principio de la división de poderes.
En México el ejercicio del poder se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
La Teoría de la División de Poderes, como una forma de limitar el ejercicio del poder público; y con la finalidad de hacerla no sólo ostensible sino eficaz, se plasma dentro del máximo ordenamiento legal del mismo Estado, es decir en la Constitución Política.